Pagos electrónicos: el nuevo pilar de las finanzas digitales
¿Pierde brillo la Ley Fintech? 32 firmas se bajan del proceso de autorización
Sólo cinco entidades han buscado nuevamente su aval bajo este marco normativo, luego de un primer rechazo.
En un contexto donde una autorización para operar al amparo de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, tarda en promedio 718 días, al parecer esto ha sido un impedimento para que algunas firmas desistan en el proceso.
De acuerdo con una solicitud de transparencia con fecha de respuesta del pasado 17 de mayo, de las 162 solicitudes que se han presentado para autorizarse al amparo de este marco normativo, 32 firmas han desistido en el proceso, mientras que otras 23 han obtenido el rechazo de la autoridad, dos solicitudes se han desechado y 58 han sido autorizadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Según la solicitud realizada a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), de las 23 firmas rechazadas, sólo cinco han optado por presentar por segunda ocasión su solicitud, mientras que cuatro prefirieron solicitar un juicio de nulidad ante la decisión de la autoridad y dos buscaron el amparo.
Las 162 solicitudes realizadas a la CNBV para ser autorizadas para constituirse y operar como Institución de Tecnología Financiera ya contemplan las cinco que se ingresaron por segunda vez, por lo que el número real de firmas que han buscado ser avaladas al amparo de este marco normativo es de 157.
Estas cifras se obtienen en un escenario donde ha habido señalamientos a la autoridad encargada del proceso sobre la lentitud de las resoluciones. Según los datos, obtenidos con base en las autorizaciones publicadas en el DOF, una autorización para ser Institución de Fondos de Pago Electrónico (IFPE) puede tardar 633 días en promedio, mientras que para ser una Institución de Financiamiento Colectivo (IFC) el promedio es de 697 días.
La solicitud que más ha tardado en resolverse fue la de Snowball, firma autorizada para constituirse y operar como IFC y de la cual su proceso tardó 1,335 días. La que menor tiempo ha tardado en resolverse fue la de NVIO Pagos, filial de Bitso, para ser IFPE, misma que se requirieron solo 68 días para ser autorizada.
Durante el proceso de autorización de la Ley Fintech, que se promulgó en marzo del 2018, algunas tecnológicas financieras han optado otras figuras fuera de este marco normativo, como Nu México que adquirió una financiera popular, al igual que Klar y Fondeadora. Mientras que Ualá apostó por la licencia bancaria al adquirir ABC Capital.
El panorama actual causa incertidumbre entre el ecosistema, ya que hace algunos días José Antonio Vizcaíno dejó de ser el director General de Autorizaciones Especializadas de la CNBV, posición clave para la autorización en sectores como fintech, financieras populares, cooperativas de ahorro y préstamo, así como de uniones de crédito.
Según los datos obtenidos, Vizcaíno, quien duró poco más de un año en el puesto, fue clave para la autorización de 36 solicitudes de las 58 que se han publicado en el DOF, es decir 58% del universo fintech autorizado.
El puesto de Vizcaíno ha sido ocupado por Brenda Amparo Menes Cárdenas, quien lleva más de ocho años en la CNBV, y pese a esta experiencia, han surgido distintas dudas sobre el equipo que formará en dicha dirección y el conocimiento del mismo sobre el sistema financiero.
Próximas autorizadas
Según la información proporcionada por la autoridad, se estima que cerca de 15 firmas se encuentran en condición suspensiva, es decir, que ya obtuvieron el visto bueno de la autoridad para tener el aval, pero sólo requieren cumplir algunos trámites administrativos para ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
En caso de que estas 15 firmas obtengan su autorización y sean publicadas en el DOF, el universo regulado bajo la Ley Fintech podría ser de 73 entidades. Actualmente, de las 58 autorizadas y publicadas en el DOF, 36 son IFPE y 22 IFC. Asimismo, existen 18 solicitudes que están pendientes de ser resueltas, ya sea que sean autorizadas, que se les otorgue la condición suspensiva, que se les deseche o rechace del proceso.
FUENTE: EL ECONOMISTA