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CNBV da facilidades a bancos en apoyo a los afectados por el huracán Otis
Va dirigido a quienes cuentan con crédito de consumo, vivienda o comercial con domicilio en las zonas afectadas; para créditos agropecuarios, las instituciones de crédito se podrán adherir al “Programa Permanente de Apoyo a las Zonas Afectadas para Desastres Naturales” de FIRA.
Bancos y Sofomes podrán diferir pagos de sus acreditados por seis meses y mantener los saldos sin intereses en créditos hipotecarios, automotrices, personales, de nómina, tarjetas de crédito, microcréditos y comerciales, evitando así reportes en buró de crédito o considerarlos como cartera vencida.”
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitió facilidades regulatorias a través de los criterios contables especiales aplicables a las instituciones de crédito, documento que tiene como objetivo brindar apoyo a quienes cuentan con crédito de consumo, vivienda y comercial con domicilio o cuya fuente de pago se encuentre en las zonas afectadas por los eventos del huracán Otis.
De acuerdo con lo mencionado por el subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Gabriel Yorio, en la red social X, las facilidades permitirán a quienes cuentan con crédito en bancos y Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) diferir pagos hasta por seis meses y mantener los saldos sin intereses en créditos hipotecarios, automotrices, personales, de nómina, tarjetas de crédito, microcréditos y préstamos comerciales.
“Estas medidas ya están disponibles y las personas que las requieran pueden acercarse a su banco”, indicó Yorio en un post publicado el domingo.
Las medidas de la CNBV atienden a un escrito presentado por la Asociación de Bancos de México (ABM), que solicitaba facilidades para otorgar apoyos a créditos revolventes y no revolventes dirigidos a personas físicas en los préstamos mencionados, así como para los créditos comerciales dirigidos a personas morales o personas físicas con actividad empresarial en sus diferentes modalidades, con especial atención al crédito para pequeñas y medianas empresas.
Según lo indicado por la ABM se ofrecerá alguna de las siguientes opciones respecto a la totalidad del monto exigible incluyendo accesorios, como los recargos: diferimiento parcial o total de pagos de capital o intereses hasta por tres meses; diferimiento parcial o total de pagos de capital o intereses hasta por seis meses para los microcréditos grupales; además, los saldos se podrán congelar sin cargo de intereses o se podrán capitalizar.
Créditos agropecuarios
En el caso de los créditos agropecuarios, las instituciones de crédito se podrán adherir al “Programa Permanente de Apoyo a las Zonas Afectadas para Desastres Naturales” de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA).
Dicho programa contempla la utilización de prórrogas, recalendarizaciones, reestructuraciones, consolidación de adeudos y asistencia técnica hasta por tres meses en los municipios declarados zona de desastre.
Sin embargo, la ABM destacó que “los apoyos ofrecidos variarán de acuerdo con las mecánicas de implementación de cada una de las instituciones de crédito y de las condiciones particulares de cada acreditado”.
Para recibir los beneficios, la asociación señaló que es requisito indispensable que los acreditados tengan su domicilio o que su fuente de pago se encuentre en los municipios declarados como zona de desastre por la Secretaría de Gobernación.
Criterios
La CNBV indicó que los criterios contables especiales están disponibles para todas las instituciones de crédito, estén o no agremiadas a la ABM, así como para las Sofomes que tengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito, emitan valores de deuda a su cargo inscritos en el Registro Nacional de Valores o que voluntariamente se encuentren reguladas.
“Con el fin de apoyar la recuperación de las personas y empresas acreditadas, instamos a las instituciones de crédito a que los beneficios derivados de este criterio contable especial se permeen hacia sus usuarios a través del ofrecimiento de mejores condiciones para el pago de sus créditos”, señaló la Comisión.
Para la aplicación de los criterios, las instituciones de crédito deberán entregar a la Comisión las condiciones generales de los programas de apoyo otorgados a los acreditados a más tardar 15 días posteriores a su instrumentación.
Asimismo, la CNBV determinó que los criterios aplicarán para la cartera de crédito con riesgo en etapa 1 o 2, es decir que no se encuentran con más de 89 días de atraso en el pago.
Además, los bancos deberán entregar un reporte detallado de las reestructuras y renovaciones que se realicen.
Los créditos que sean reestructurados o renovados y no presenten días de atraso no serán reportados a las Sociedades de Información Crediticia y los atrasados se reportarán como RA, que significa una reestructura sin pago menor, por los apoyos a damnificados por catástrofes naturales.
Fuente: El Economista